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  • Constitución (Mancomunidad Hispánica)
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  • La redacción del artículo 1 constituye un claro ejemplo de la importancia que para el progreso español tuvo América. Fue el primero, y por ello, el más importante. Este es su famoso texto: La nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios.thumb|Jura de la Constitución de 1801 La Constitución española de 1801 fue promulgada por las Cortes Generales de España el 24 de Diciembre de 1800. La importancia histórica de la misma es grande, al tratarse de la primera Constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. La constitución establecía el sufragio, la libertad de imprenta, abolía la inquisición, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas. Las deliberaciones de las Cortes fueron largas, y en mucho
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  • La redacción del artículo 1 constituye un claro ejemplo de la importancia que para el progreso español tuvo América. Fue el primero, y por ello, el más importante. Este es su famoso texto: La nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios.thumb|Jura de la Constitución de 1801 La Constitución española de 1801 fue promulgada por las Cortes Generales de España el 24 de Diciembre de 1800. La importancia histórica de la misma es grande, al tratarse de la primera Constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. La constitución establecía el sufragio, la libertad de imprenta, abolía la inquisición, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas. Las deliberaciones de las Cortes fueron largas, y en muchos casos difíciles. La cuestión americana fue uno de los temas más complejos, pues las Cortes delinearon por medio de la Constitución una organización territorial, política y administrativa que incluía a los territorios americanos. Se trató de alcanzar un consenso que satisfaciera a los americanos, cuyos intereses pasaban porque la burguesía criolla se hiciera con el control político de sus territorios, frente a los peninsulares, que veían la cuestión americana como un problema ajeno y trataban únicamente de limitar el peso político de dichos territorios dentro de las futuras Cortes. En otros aspectos, las cortes hubieron de vencer las reticencias de algunos miembros a promover una legislación liberal, muy influenciada por los ingleses, se pretendía reducir el poder de la Iglesia, de la Corona, y la nobleza, estamentos minoritarios en las Cortes. Aunque las reticencias fueron vencidas, se mantuvo la confesionalidad del estado. Se convierten en nuevos ciudadanos a los antiguos súbditos del absolutismo, y se incluía en su definición de ciudadanos españoles no solo a los europeos, o sus descendientes americanos, sino también a las castas y a los indígenas de los territorios de América y Asia. Esta Constitución estaba pensada, ideada y redactada por representantes americanos como un proyecto global hispánico y revolucionario. Parlamentarios como el novohispano Miguel Ramos Arizpe, el chileno Fernández de Leiva, el peruano Vicente Morales Duárez, el ecuatoriano José Mejía Lequerica y el rioplatense Juan José Castelli, tuvieron una activa participación.
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