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| - Órdenes de Contingencia del Gran Ejército de la República: Orden de Iniciación, Órdenes 1 a 150
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| - Las Órdenes de Contigencia del Gran Ejército de la República: Órden de Iniciación, Órdenes 1 a 150. era una compilación de órdenes de contingencia, que se ejecutarían ante determinadas circunstancias por el Gran Ejército de la República. Las órdenes conocidas son las siguientes: Las directivas de seguimiento incluyen escenarios para la disposición de los cuerpos de bajas civiles y la supresión de las comunicaciones.
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| En
| - Contingency Orders for the Grand Army of the Republic: Order Initiation, Orders 1 Through 150
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| pl
| - Instrukcje Awaryjne Wielkiej Armii Republiki
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| Ru
| - Чрезвычайные приказы Великой армии Республики: Исполнение приказов, Приказы с 1 по 150
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| abstract
| - Las Órdenes de Contigencia del Gran Ejército de la República: Órden de Iniciación, Órdenes 1 a 150. era una compilación de órdenes de contingencia, que se ejecutarían ante determinadas circunstancias por el Gran Ejército de la República. Las órdenes conocidas son las siguientes:
* Orden 4: En la eventualidad de que el Comandante Supremo (Canciller) quede incapacitado, el comando del GER recaerá en el Vice Canciller del Senado Galáctico hasta que un sucesor sea nombrado o una autoridad alternativa sea identificada tal como se aclara en la Sección 6 (IV).
* Orden 5: En la eventualidad de que el Comandante Supremo (Canciller) se declare incapaz de emitir órdenes, como se define en la Sección 6 (II), el Jefe de Asuntos de Defensa asumirá el comando del GER y formar una célula estratégica de Altos oficiales (ver página 1173) hasta que se nombre a un sucesor o una autoridad alternativa sea identificada.
* Orden 37: Captura de un solo individuo buscado a través de la amenaza de detención y ejecución de población civil. Las directivas de seguimiento incluyen escenarios para la disposición de los cuerpos de bajas civiles y la supresión de las comunicaciones.
* Orden 65: En la eventualidad de que (I) una mayoría en el Senado declare al Supremo Comandante (Canciller) incapaz de emitir órdenes, o que (II) el Concilio de Seguridad lo declare incapaz de emitir órdenes, y que el GER reciba una orden autentificada, los comandantes estarán autorizados para detener al Comandante Supremo, con fuerza letal de ser necesario, y el comando del GER recaerá sobre ellos hasta que un sucesor sea nombrado o una autoridad alternativa sea identificada tal como se aclara en la sección 6 (IV).
* Orden 66: En la eventualidad de que los oficiales Jedi actúen en contra de los intereses de la República, y después de recibir órdenes específicas verificadas como provenientes directamente del Comandante Supremo (Canciller), los comandantes del GER eliminarán a dichos oficiales con fuerza letal, y el comando del GER recaerá sobre el Comandante Supremo (Canciller) hasta que una nueva estructura de mando sea establecida.
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