1.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a reservarse mutuamente 2 plazas de enseñanza, las cuales deberán ser solicitadas, estableciendose una lista de espera. La duracion de las clases sera hasta que se llegue a un valor de 55 en la caracteristica/s a aprender. Los enseñandos deberán partir de valores de 40 o superior. 2.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a otorgarse derecho preferente en la copia de libros. Las solicitudes serán a través de los respectivos Bibliotecarios. En el Reino de Aragón octavo día del mes de mayo del año de nuestro señor 1134.
1.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a reservarse mutuamente 2 plazas de enseñanza, las cuales deberán ser solicitadas, estableciendose una lista de espera. La duracion de las clases sera hasta que se llegue a un valor de 55 en la caracteristica/s a aprender. Los enseñandos deberán partir de valores de 40 o superior. 2.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a otorgarse derecho preferente en la copia de libros. Las solicitudes serán a través de los respectivos Bibliotecarios. 3.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a defenderse mutuamente en los interereses comunes de tipo geopolitico, económico, mercantil y cultural. 4.- Aragón y el Condado de Provenza condenarán cualquier tipo de atentado contra cualquiera de sus respectivos dirigentes, negando el derecho de copia, enseñanza, y compraventa a las abadías que claramente sean agresoras contra cualquiera de los Estados firmantes de este Tratado. 5.- Aragón y el Condado de Provenza se comprometen a informarme mutuamente y de forma previa, de la posible firma de pactos -de entidad similar al presente- con otras regiones. En el Reino de Aragón octavo día del mes de mayo del año de nuestro señor 1134.