"Pr\u00EDncesa de Quito"@es . . . "Su Alteza Real"@es . . "Pr\u00EDncipe de Quito o su femenino, Princesa de Quito, es uno de los t\u00EDtulos nobiliarios asociados al heredero de la corona quite\u00F1a, siendo el de m\u00E1s alto rango entre estos. Es otorgado autom\u00E1ticamente al primog\u00E9nito de un soberano, sin distingo de su sexo, el mismo d\u00EDa que este \u00FAltimo asciende al trono o, de ser el caso, cuando nace si sus padres ya est\u00E1n ocupando la corona. El t\u00EDtulo est\u00E1 regulado por decreto real desde la creaci\u00F3n misma del pa\u00EDs (1830), y puede ser revocado \u00FAnicamente por el Parlamento con una mayor\u00EDa absoluta de votaci\u00F3n (70%) en caso de incapacidad f\u00EDsica, mental o de seguridad nacional. Antiguamente tambi\u00E9n era retirado en caso de que el heredero contrajese matrimonio morgan\u00E1tico (sin consentimiento de Su Majestad). Los hijos no herederos de un soberano reciben el t\u00EDtulo de Pr\u00EDncipes de Sucre hasta el d\u00EDa de su matrimonio, tras lo cual ostentan de manera vitalicia pero no heredable uno de los ducados asociados a la corona. La actual portadora del t\u00EDtulo de Princesa de Quito es Catalina de Wittelsbach-Sucre y Sajonia-Coburgo-Gotha, primog\u00E9nita del rey Antonio II y Astrid de B\u00E9lgica; nacida el 19 de enero de 1992. La actual heredera de la corona quite\u00F1a es llamada oficialmente Su Alteza Real, la Princesa de Quito; Gran Duquesa de Quitburgo, de los Pastos, Pun\u00E1, Jambel\u00ED y Paute; Marquesa de Carondelet, Dur\u00E1n y Tomebamba; Condesa de Guachal\u00E1, La Recoleta y Cochasqu\u00ED."@es . . "Hasta el llamamiento al trono"@es . . . . . . "13"^^ . "Pr\u00EDncipe de Quito (Reino de Quito)"@es . "Escudo_de_Armasdel_Pr\u00EDncipe_de_Quito_.png"@es . "Desde el 19 de enero de 1992"@es . . "150"^^ . . "Princesa Catalina de Quito 01 .jpg"@es . "Pr\u00EDncipe de Quito o su femenino, Princesa de Quito, es uno de los t\u00EDtulos nobiliarios asociados al heredero de la corona quite\u00F1a, siendo el de m\u00E1s alto rango entre estos. Es otorgado autom\u00E1ticamente al primog\u00E9nito de un soberano, sin distingo de su sexo, el mismo d\u00EDa que este \u00FAltimo asciende al trono o, de ser el caso, cuando nace si sus padres ya est\u00E1n ocupando la corona. Los hijos no herederos de un soberano reciben el t\u00EDtulo de Pr\u00EDncipes de Sucre hasta el d\u00EDa de su matrimonio, tras lo cual ostentan de manera vitalicia pero no heredable uno de los ducados asociados a la corona."@es . .